Ciudadanos de EE.UU.
Información para contactarnos
Nuestra Unidad de Servicios a Ciudadanos Estadounidenses puede ser contactada a través del teléfono (53)(7) 839-4100 en horario laboral, excepto días feriados cubanos y estadounidenses. Nuestro número de fax es : (53)(7) 839-4247. Para preguntas generales con relación a pasaportes y ciudadanía estadounidense o cualquier otro aspecto, por favor contáctenos vía e-mail a: HavanaconsACS@state.gov o a los números arriba mencionados. No envíe a la Unidad de Servicios a Ciudadanos Americanos preguntas relativas a las visas de solicitantes cubanos.
La Sección de Intereses está ubicada en Calzada entre L y M, Vedado, Ciudad Habana.
Para situaciones de emergencias cuando la Unidad de Servicios a Ciudadanos Estadounidenses está cerrada o después de horario (solo para ciudadanos estadounidenses), por favor llame la central telefónica al (+53)(7)839-4100 y marque 1 para hablar con el operador de emergencia. No llame a este número para asuntos de visas.
Más información en caso de emergencia está disponible en el Departamento de Estado, en Washington DC.
Información General
La Sección de Intereses de los Estado Unidos (USINT) representa a los ciudadanos estadounidenses y al gobierno de los Estados Unidos en Cuba y funciona bajo la protección legal del gobierno de Suiza. El personal de la Sección de Intereses brinda un amplio grupo de servicios a los ciudadanos americanos en Cuba.
La policía cubana restringe el acceso a la Sección de Intereses. Los ciudadanos estadounidenses deberán presentar su pasaporte estadounidense a la policía cubana que está alrededor de la Sección de Intereses para poder aproximarse a la entrada del edificio.
Doble ciudadanía
El gobierno de Cuba no reconoce la ciudadanía estadounidense de las personas nacidas en Cuba o cuyos padres son cubanos. Estas personas serán tratadas únicamente como ciudadanos cubanos y pueden estar sujetos a un rango de restricciones y obligaciones, incluyendo el servicio militar. El gobierno cubano puede exigir que los ciudadanos estadounidenses quienes el gobierno de Cuba considera como cubanos, entren y salgan de Cuba utilizando el pasaporte cubano. Utilizar el pasaporte cubano para este fin no pone en peligro la ciudadanía estadounidense; sin embargo estas personas utilizarán su pasaporte estadounidense para entrar y salir de Estados Unidos. Se han dado casos de personas con doble ciudadanía (cubano-estadounidense) que han sido obligados por el gobierno cubano a entregar sus pasaportes estadounidenses. A pesar de estas restricciones, las personas con ciudadanía cubana-estadounidense que se han enfermado pueden ser tratados solamente en hospitales para extranjeros (salvo en caso de emergencia). Ver en la sección de arrestos sobre las denegaciones de Cuba para brindar servicios a personas con doble ciudadanía que han sido arrestadas, así como en la sección sobre Problemas con Menores para información sobre cómo la doble ciudadanía puede afectar el bienestar y las disputas sobre la custodia.
Las personas con doble ciudadanía cubano-estadounidense deben tener cuidado con los intentos de las autoridades cubanas de hacerles firmar documentos de repatriación. El gobierno cubano ve una declaración de repatriación como una declaración legal por parte de la persona con doble ciudadanía que la misma tiene la intención de volver a establecerse en Cuba de forma permanente. En ocasiones el gobierno cubano ha retenido el pasaporte estadounidense de personas con doble ciudadanía para que firmen declaraciones de repatriación y les ha denegado el permiso de regresar a los Estados Unidos.
Nueva Ley de Puerto Rico de Certificados de Nacimiento
El Departamento de Estado está actualmente aceptando los certificados de nacimiento de Puerto Rico para servicios de pasaporte y lo continuará haciendo hasta un próximo aviso. La nueva ley no afecta a los individuos nacidos en Puerto Rico que actualmente poseen un pasaporte de los Estados Unidos.
Una enmienda aprobada recientemente por el gobierno de Puerto Rico extiende la fecha original de invalidación de 1ro de julio de 2010 hasta el 30 de octubre de 2010. Por favor consulte el sitio de viaje del Departamento de Estado para mayor información.