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Viajes a Cuba

Información sobre abogados

A los abogados no se les permite mantener oficinas de ley privadas en Cuba.  Sin embargo, el gobierno cubano autoriza a algunas firmas legales cubanas (Bufetes), cuyo funcionamiento incluye dar asistencia legal, asesorar a las personas que requieran de los servicios pagados de un abogado.  Los ciudadanos estadounidenses que necesiten asesoramiento legal en Cuba deben comunicarse directamente con cualquiera de las firmas listadas a continuación.  La Sección de Intereses no se responsabiliza con la capacidad profesional de los empleados de las firmas que aparecen a continuación:

Consultoria Juridica Internacional (Casa no. 1)
Calle 16 No. 314 e/ 3ra y 5ta
Miramar, Playa, Ciudad Habana
Tel: 204-1318
FAX 204-2303
E-MAIL: cji@cji.cu

Consultoría Juridica Internacional (Casa no. 2)
Calle 22 no. 108 e/1ra y 3ra
Mirmar, Playa, Ciudad Habana
Tel: 204-5691
E:MAIL: cij@cij.co.cu

Bufete de Servicios Especializados
23 y J Vedado, Ciudad Habana
Tel.: 832-6813/832-6024
Fax: 66-2159
E:MAIL: besnet@ceniai.inf.cu or Nuris.bes@onbc.cu
Cell
Phone 880-3392 (Director)

Bufete Internacional
Ave. 5ta no. 16202 Esq. a 162
Playa, Ciudad Habana
Phones: (537) 66-6824/204-6749
(537) 833-1427/1428
Fax: (537) 204-6750
E-mail: bufete@bufeteinternacional.cu
       

Nota: El Departamento de Tesoro de los Estados Unidos aclara que las restricciones del Tesoro se aplican a los pagos hechos por los residentes de los Estados Unidos a los servicios legales en Cuba de acuerdo con el Título 31, Código de las Regulaciones Federales, Sección 515.21.  Los individuos que deseen pagar los servicios de un abogado en Cuba deben hacer su solicitud a la Oficina de Control de Asuntos Exteriores del Departamento del Tesoro, Washington D.C. 20220, describiendo brevemente la situación que requiera  la transferencia de fondos.