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Servicios de Emergencia

Fallecimiento de un Ciudadano Estadounidense en el extranjero

Si un ciudadano estadounidense fallece en Cuba, el fallecimiento debe ser comunicado inmediatamente a la Unidad de Servicios a los ciudadanos estadounidenses de la Sección de Intereses de los Estados Unidos, al teléfono (537) 833-3552 o en horarios no laborables al 833-2326 o al 5280-5791.

Si ningún pariente estuviera presente en el momento del fallecimiento del ciudadano estadounidense, nosotros notificaremos a sus parientes del suceso y le ayudaremos en lo concerniente al entierro o la repatriación del cuerpo.

La Sección de Intereses también puede, con el permiso de los parientes, actuar como enlace entre las autoridades cubanas y la familia. 

También podemos preparar los documentos necesarios que le permitan a la familia enviar el cadáver a los Estados Unidos, si ese fuera el deseo de los parientes, y un "Reporte del fallecimiento de un ciudadano estadounidense en el exterior", el cual se sustentará en el certificado de defunción expedido por las autoridades cubanas, que podrá ser utilizado en los Estados Unidos con fines legales.