Visas de no Inmigrante
¡Bienvenido! Las visas de no-inmigrante nos permiten viajar a los Estados Unidos temporalmente. Existen varias categorías de visas de no inmigrante entre las que se incluyen visas de turismo/visita, de estudiante y de negocios. Cuando esté preparándose para solicitar una visita temporal a los Estados Unidos realice su solicitud con tiempo de antelación para garantizar un procesamiento eficiente y una demora de viaje mínima.
Tiempo de espera habitual (días hábiles) para el procesamiento de una visa de no inmigrante después de la entrevista: 2 días
¿Qué es una visa de no inmigrante?
Las visas de no inmigrante son para los viajeros internacionales que viajan a los Estados Unidos temporalmente. La visa emitida que se estampa en el pasaporte, permite a los viajeros viajar a un puerto de entrada de los Estados Unidos (por ejemplo al aeropuerto,) y solicitar un permiso de entrada a un funcionario de la Agencia de Aduanas y de Seguridad de Fronteras (CBP) y solicitar un permiso para entrar a los Estados Unidos. Una visa no garantiza la entrada a los Estados Unidos.
Los viajeros internacionales llegan a los Estados Unidos por una gran variedad de razones, incluyendo turismo, trabajo, tratamiento médico y algunos tipos de trabajos temporales. El tipo de visa que se necesita se define por las leyes de inmigración, y tiene que estar en relación con el objetivo principal del visitante. Para información de los tipos de visas de no inmigrante disponibles en virtud de la ley de inmigración, por favor visite nuestra sección Tipos de Visa para Visitantes Temporales en nuestra página web.
Tipos de Visa de No inmigrante
- Turismo/Negocios
- Médico
- Religioso
- Diplomáticos/Oficiales
- Estudiantes
IMPORTANTE:
Formulario para solicitud de Visas de No inmigrante (DS-160)
Todos los solicitantes que deseen presentarse a entrevista para obtener una visa de no inmigrante en la Sección de Intereses de los Estados Unidos en la Habana tienen que enviar su formulario de solicitud de visa electrónico, conocido como la Solicitud de Visa de No Inmigrante Electrónica DS-160 .
El Proceso de Visa de No Inmigrante
La Unidad de Visa de no inmigrante procesa las solicitudes de los solicitantes que desean viajar a los Estados Unidos temporalmente. Los solicitantes en Cuba deberán pedir a un familiar o contacto en los Estados Unidos que llame a nuestro Servicio de Información de Visas y Programación de Citas al 1-866-374-1769, de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. (Hora del Este) para programar una cita a su favor.
Dado el limitado número de personal americano autorizado a trabajar en Cuba, la Sección de Intereses solamente puede programar una cantidad limitada de solicitantes por día. Las personas que desean solicitar visa por primera vez tendrán que esperar más de un año por su cita.
El día de la entrevista, un funcionario consular determinará la elegibilidad de cada solicitante según la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA). Este procesamiento generalmente demora algunos días. Sin embargo, algunos casos requieren un procesamiento administrativo posterior. Este procesamiento puede demorar algunas semanas o meses. En tales casos, la Sección de Intereses contacta a los solicitantes por teléfono, tan pronto como dicho proceso haya concluido y se haya tomado una determinación sobre el caso del solicitante. Los solicitantes o sus familiares pueden verificar el estado de una solicitud de visa de no inmigrante accediendo a: https://ceac.state.gov/CEAC/. Para ello es necesario introducir el consulado donde se entrevistó y el número del código de barras que aparece en la página de confirmación del formulario DS-160. Una vez que aparezca la palabra “ISSUED” (emitida), el solicitante podrá venir a la Sección de Intereses para recoger su pasaporte según las indicaciones que aparecen en el pase que le entregaron.
NOTA IMPORTANTE
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A partir del 14 de enero del 2013, el gobierno cubano ha implementado actualizaciones a su política migratoria que eliminan el requerimiento del permiso de salida para los ciudadanos cubanos y extienden el tiempo autorizado para permanecer en el exterior hasta 24 meses. Los ciudadanos cubanos aún requieren de una visa para viajar a los Estados Unidos y deben viajar dentro del periodo de validez que se especifica en su visa. Por favor tenga en cuenta que las nuevas regulaciones migratorias comprenden solo los procedimientos migratorios cubanos. Estos no afectan o modifican de modo alguno los actuales procedimientos en virtud de las leyes estadounidenses.
Si su visa de turismo (no-inmigrante) ha expirado, usted debe solicitar un nuevo turno de entrevista. Su visa de no-inmigrante expirada no admite renovación.