Residentes en Cuba
Votación en Ausencia
El Acta de Votación en Ausencia para ciudadanos estadounidenses en el extranjero (UOCAVA) garantiza a los ciudadanos estadounidenses el derecho al voto en las elecciones federales en los Estados Unidos. (Las elecciones federales incluyen las elecciones primarias, generales y las elecciones especiales para Presidente, Vicepresidente, Senadores de los Estados Unidos y Representantes del Congreso de los Estados Unidos). El UOCAVA se aplica solamente a las elecciones federales. Sin embargo, muchos estados de los Estados Unidos han decretado legislaciones mediante las cuales ciertas categorías de ciudadanos residentes en el extranjero pueden ejercer el voto en ausencia para las elecciones de los oficiales estatales o locales. Los mismos procedimientos para obtener boletas para las elecciones locales es utilizado para obtener las boletas para las elecciones federales.
Para poder votar tanto en las elecciones federales como las estatales en los Estados Unidos, la mayoría de los estados requieren que los ciudadanos que residan en el extranjero se inscriban en el estado de su "residencia de votación". La residencia de votación es el lugar de residencia legal o domicilio en el que el votante podría ejercer el voto de estar presente en ese estado. Los miembros del ejército y la Marina Mercante, su cónyuge y dependientes se registraran generalmente en el estado que ellos declaren como de su residencia legal. De acuerdo con UOCAVA, aquellos ciudadanos americanos que vivan en el extranjero y que no estén afiliados al Gobierno de los Estados Unidos deben votar en el último estado de residencia donde vivieron antes de su salida de los Estados Unidos. Esto aplica incluso si han pasado varios años y el votante no tiene domicilio intención de regresar a ese estado.
¿Cómo votar?
Para solicitar la boleta: La Sección de Intereses no suministra boletas de votante, ni se puede ejercer el voto en la Sección de Intereses. Sin embargo, la Sección de Intereses sí suple las planillas para solicitar la boleta en ausencia del último estado de residencia. La planilla se conoce como FPCA- Solicitud Postal Federal.
Las planillas FPCA se entregan personalmente en la Sección Consular. Le sugerimos que visite la Unidad de Servicios a Ciudadanos Americanos (ACS) en el horario entre 8:30 a.m. y 4:30 p.m., de lunes a viernes. La embajada permanece cerrada durante los días festivos cubanos y americanos y el primer viernes de cada mes. Nuestros números de teléfono son: (537) 833-3551/59 ext. ACS. Al solicitar las planillas FPCA, debe asegurarse de solicitar las instrucciones de como votar en su estado de residencia. Si usted vive permanentemente en el extranjero, su estado de votación es el estado donde usted vivió inmediatamente antes de salir de los Estados Unidos. Por favor, solicite el número de planillas de FPCA que su núcleo requiera tomando en consideración sus hijos/as mayores de edad que residan con usted en el extranjero. En los Estados Unidos la edad para votar es a partir de los 18 años.
Las planillas de FPCA está además disponibles en Internet, pero no todos pueden utilizarla. El sitio web del Programa Federal de Asistencia en Votaciones tiene una versión electrónica de las planillas de FPCA (OFPCA). Cuarenta y cinco estados permiten su uso. Los cinco estados más sus territorios que no aceptan las planillas OFPCA se negaran a inscribir o enviar boletas a los ciudadanos en el extranjero que usen las planillas electrónicas.
Notas importantes:
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En estos momentos todos los 50 estados aceptan las planillas FPCA. Todos los estados enviarán las boletas para cada elección durante el año en que la persona es elegible; ya no es necesario enviar una planilla FPCA para cada elección durante el año.
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Visite la siguiente dirección de Internet para revisar la fecha tope de registro del votante en cada estado:http://www.fvap.gov/pubs/vag/vagchapter3.html
¿Qué hacer con las planillas de FPCA? Rellene las planillas de FPCA de acuerdo con las instrucciones anexadas en la tarjeta postal. Si tiene alguna duda sobre las instrucciones o si necesita saber la dirección del oficial a quien dirigir la tarjeta postal (e.g. Secretario del Condado, Comité de Elecciones, Registro de Votantes, etc.), debe consultar la Guía de Asistencia en Votaciones de su estado.
La Guía de Asistencia en Votaciones contiene la información y los requisitos actualizados para votar en cada estado. Se le entregará la información del estado según su caso. Tenga en cuenta la fecha de solicitud. Una vez que haya determinado el condado en que votará, la Guía le indicará la dirección y el código postal del oficial del condado a quien deberá dirigir las planillas FPCA. Tenga en cuenta que muchos estados aceptan las planillas FPCA como una planilla multi-propósito, por ejemplo: puede ser usada como una solicitud de inscripción y/o como boleta de voto en ausencia.
En el caso de que su estado de votación no accepte las planillas FPCA para todos los propósitos, el estado le enviará una planilla de inscripción la cual debe ser rellenada. En algunos casos las planillas deben ser notarizadas ante un oficial consular americano o un notario público en el extranjero. En aquellos estados, sólo después de que las planillas de inscripción han sido debidamente realizadas y enviadas se recibirán la boleta del votante ausente. Dada la posibilidad de que este proceso puede comprender dos partes es importante comenzar cuanto antes.
Proceso Notarial: Si es un requisito del estado que se tome juramento sobre el contenido de las planillas FPCA, se debe presentar junto al pasaporte americano en la Unidad de Servicios a Ciudadanos americanos de la Sección Consular. Todos los servicios de notarización a los documentos para ejercer el voto son libres de costo alguno. Si el ciudadano no se puede presentar ante un oficial consular, la documentación debe ser atestiguada por un procurador local o un notario público, a quien usted probablemente deba pagarle alguna cantidad de dinero por concepto de costo.
A dónde enviar las planillas FPCA: Busque en el capítulo III en la Guía de Asistencia en Votaciones (VAG). Bajo el título " Where to Send it?" encontrará un listado de direcciones para las elecciones oficiales de la ciudad y del condado. Las planillas de FPCA deben ser enviadas a la ciudad o el condado donde se haya hecho la inscripción para la votación.
El envío de las planillas de FPCA: Las planillas FPCA tienen una franquicia pre-pagada. Estas pueden ser enviadas por correo sin sellos si son enviadas a través de facilidades APO/FPO, valija diplomática consular, o a través de personas que viajan a Estados Unidos y luego las depositan en el correo local de los Estados Unidos. Si las planillas de OFPCA se obtienen en Internet o son fotocopiadas y son enviadas a través de la valija diplomática o mediante las facilidades de APO/FPO o a través del sistema postal de los Estados Unidos, será necesario colocarla en un sobre con el agrego de franqueo necesario en los Estados Unidos. Si las planillas de FPCA o OFPCA son enviadas por servicio de correo urgente directamente a los funcionarios de elecciones locales, no necesitará el agrego de franqueo pero pagará las tarifas correspondientes al servicio de correo urgente. Debe verificar la Guía de Asistencia en Votaciones para su estado ya que la mayoría de los estados permiten que sean enviadas las boletas por fax. La planillas de FPCA no pueden ser enviadas a través de Internet.
¿Podría incurrir en obligación de pago de impuestos al inscribirme para votar? La Ley Federal provee que no se puede imponer ninguna obligación de pago de impuesto basado en el ejercicio del derecho al voto en elecciones Federales, tal y como las elecciones para Presidente, Vicepresidente, Senadores y Representantes del Congreso de los Estados Unidos. Si usted en un ciudadano civil residente fuera del territorio estadounidense y desea por motivos de impuestos evitar clasificarse como un residente legal, usted debe verificar la sección que se refiriere a "Other U.S. citizen residing outside U.S." en las planillas de FPCA. De esta manera solamente recibirá la boleta Federal. Si su estado le envía las boletas completas porque no imprime la boleta federal por separado, entonces puede votar la boleta completa sin incurrir en la obligación del pago de impuestos.
Tenga en cuenta, sin embargo que determinadas solicitudes de boletas o las boletas por ellas mismas le preguntaran si desea votar por oficiales estatales por ejemplo candidatos para gobernador o para la legislatura estatal. Antes de votar por oficiales estatales consulte la Guía de Asistencia en Votaciones, que nombra los estados en los que puede incurrir en obligaciones de pago de impuestos tanto al inscribirse para votar como al hecho de votar. Para reiterar, si se inscribe para votar y vota solamente para oficiales federales la ley excluye al gobierno federal y el estado o los gobiernos locales de usar el voto para determinar los impuestos de domicilio.
Boleta Federal de Inscripción para Votación en Ausencia (FWAB): Los votantes que residen en el extranjero pueden ser elegibles para usar la Boleta Federal de Inscripción para Votación en Ausencia (Federal Write-in Absentee Ballot (FWAB) para votar por oficiales federales (Presidente/Vicepresidente, Senador y Representante). El FWAB puedes ser usado solamente para las elecciones generales y es un sustituto para los electores que esperan poder usar la boleta regular del elector ausente para su estado o territorio, pero que no reciben la boleta en tiempo para votar y regresarla en tiempo. El funcionario de elecciones locales debe recibir el FWAB antes de la fecha tope para recibir las boletas de los ausentes al voto bajo la ley estatal. El FWAB se utiliza para ayudar a aquellos votantes que serían privados de su derecho sin tener ninguan culpa para ello y no está diseñada como sustituto de la boleta estatal regular. Esta es válida solamente cuando la boleta estatal ha sido ya solicitada.
Las Boletas Federales de Inscripción para Votación en Ausencia (FWAB) pueden ser obtenidas contactando la Unidad de Servicios a Ciudadanos Americanos (ACS) de la Sección Consular.
Negación del derecho al voto: Cualquier persona que cree que a él o ella le ha sido negado el derecho al voto debe seguir los procedimientos señalados en la Guía de Asistencia en Votaciones. Alternativamente, contacte la División de Derechos Civiles del Departamento de Justicia de los Estados Unidos en Washington, D.C. 20520.
El Programa Federal de Asistencia en Votaciones tiene su propio sitio web y la Guía de Asistencia en Votaciones está también disponible allí: http://www.fvap.gov/; Dirección de correo electrónico: vote@fvap.ncr.gov
Los votantes deben enviar las planillas de FPCA al menos 30 días antes de las elecciones.
Cada estado tiene una fecha límite para el cierre de las listas de inscripciones. Puede verificar la fecha limite para la inscripción en su estado al visitar la siguiente dirección en Internet: http://www.fvap.gov/pubs/vag/vagchapter3.html
Si necesitara ayuda , puede contactar a cualquier miembro del personal de FVAP a través de "DOD Voting Information Center (VIC)". El (VIC) también proporciona las 24 horas del dia, mensajes grabados de los candidatos, asi como información referente a las elecciones.
Los ciudadanos pueden acceder a la línea gratis de VIC desde 59 paises utilizando los números telefónicos gratuitos listados en el sitio web de FVAP, http://www.fvap.gov/. En los Estados Unidos, llame al 1-800-438-VOTE (8683) o (703) 588-1343 si es local, además puede utilizar DSN (militar) 425-1343.
Cualquier duda referente a lo anteriormente explicado, puede ser remitida al Director del Programa de Asistencia al votante del Departamento de Defensa, Oficina Central de Servicios en Washington, 1155 Defensa del Pentagono, Washington DC 20301-1155. Además, se puede contactar al FVAP mediante el correo electrónico: vote@fvap.ncr.gov o a traves del sitio http://www.fvap.gov/.
Preguntas frequentes acerca de la votación
Soy un ciudadano Americano que reside en el extranjero. ¿Puedo votar en las elecciones de los Estados Unidos?
Sí. Generalmente, todos los ciudadanos a partir de los 18 años que están o residirán fuera de los Estados Unidos durante el periodo de las elecciones, son elegibles para ejercer el voto en cualquier elección para las oficinas Federales mediante la boleta del votante ausente.
¿Qué es una elección para una oficina Federal? Una elección para una oficina Federal es cualquier candidatura o elección primaria para seleccionar, nominar o elegir un candidato para las oficinas del Presidente, Vicepresidente, Miembro del Colegio Electoral, Miembro del Senado de los Estados Unidos o Miembro de la Cámara de Representantes de los Estados Unidos.
¿Cuándo son las elecciones? El año pasado, las elecciones generales fueron el 5 de noviembre del 2002. Los estados y los territorios llevan a cabo elecciones primarias, especiales y nominaciones a través de todo el año.
¿Puedo votar en la Sección de Intereses? No. Sin embargo, los oficiales de asistencia para votaciones atestiguan o notarían los formularios o la boleta (si se requiere. Estos últimos también le permitirán enviar materiales de votación a través del sistema de correo diplomático (APO/FPO) a sus oficiales de elecciones locales en los Estados Unidos, donde se procesan su registro y su requerimiento de boleta y donde se cuenta su boleta de votación.
¿Dónde puedo obtener información sobre los temas y posiciones de un candidato?
En adición a encontrar información en los canales de noticias internacionales, en el Internet o en las revistas de noticias y periódicos de los Estados Unidos, usted puede contactar a los Demócratas en el extranjero o a los Republicanos en el extranjero. Ellos mantienen oficinas en países extranjeros y le enviaran información pertinente sobre los candidatos y los temas. Las Embajadas y Consulados de los Estados Unidos pueden proveer la dirección local o los números de teléfono de estas organizaciones. Pero si lo desea los puede contactar directamente:
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Democrats Abroad |
Republicans Abroad |


